Cumplimiento Normativo

Prevención de Blanqueo de Capitales

Cumplimiento Penal

Prevención de Bloqueo de Capitales

CAJA RURAL DE UTRERA, S.C.A.C., Entidad Financiera debidamente constituida y domiciliada en España, está comprometida en el cumplimiento estricto de toda normativa, nacional e internacional, de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo.

Este compromiso conlleva la aplicación de las políticas y procedimientos escritos establecidos en cumplimiento tanto de la legislación española, como de aquella normativa internacional aplicable dentro del territorio nacional, siendo supervisados, tanto el establecimiento como su cumplimiento, por el Servicio Ejecutivo de la Comisión para la Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC).

Estas políticas y procedimientos tienen como objetivo la no utilización de la estructura de la Entidad para la realización de actividades que pudieran estar relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Las principales obligaciones recogidas en las mencionadas políticas y procedimientos consisten en:

  • Establecimiento de políticas y procedimientos de admisión de clientes.
  • En todo caso, está prohibido el establecimiento de relaciones de negocio tanto con personas incluidas en la lista pública de la Unión Europea de personas relacionadas con el terrorismo, como con Bancos Pantalla (Shell Banks).
  • Establecimiento de medidas de diligencia debida a todos los clientes. Estas medidas de diligencia debida, formadas por las obligaciones de identificar, conocer y realizar un seguimiento continuo de la relación de negocios, se aplicarán en función del riesgo asignado a cada cliente.
  • El conocimiento de la actividad del cliente implica más acciones que la mera aportación de documentación.
    Conservación digitalizada de los documentos identificativos y acreditativos de la actividad de los clientes durante un plazo de diez años.
  • Análisis de operaciones, a través de herramientas informáticas que permitan la detección de operaciones sospechosas o inusuales.
  • Comunicación al Servicio Ejecutivo de todas aquellas operaciones sospechosas de estar relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
  • Comunicación al SEPBLAC de toda aquella información que sea bien requerida por dicho organismo, bien de obligada comunicación.
  • Formación a todos los empleados de la entidad en materia de prevención de blanqueo de capitales.
  • Acceso por parte de todos los empleados de la entidad tanto a las políticas y procedimientos escritos internos, como a cualquier modificación de las mismas.
  • Auditoria anual por parte de un experto externo en materia de prevención del blanqueo de capitales, que analiza tanto los procedimientos establecidos en materia de prevención del blanqueo de capitales, así como su cumplimiento.
  • Establecimiento de un Órgano de Control Interno.

Todas las políticas y procedimientos que en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo son aplicadas por CAJA RURAL DE UTRERA, S.C.A.C., son actualizadas en función de lo establecido en la normativa vigente en cada momento.

Cumplimiento Penal

Dentro del compromiso asumido por CAJA RURAL DE UTRERA, S.C.A.C. en relación al
cumplimiento de la normativa vigente, nacional e internacional, cobran especial
importancia las medidas implantadas por la Entidad, tendentes a evitar la comisión,
por empleados y directivos, de conductas delictivas tipificadas en la legislación penal.

A estos efectos, el Consejo de Administración de CAJA RURAL DE UTRERA, S.C.A.C.
estableció en el año 2016 un Modelo de Prevención de Riesgos Penal (en adelante, el
Modelo PRP) que tenía por objeto evitar, o al menos, a mitigar en lo posible, la
comisión de delitos en el ámbito de la actividad propia de la Entidad. Este Modelo era
también extensivo a los miembros del propio Órgano de administración de la Entidad.

Entre las finalidades que perseguía el Modelo PRP estaba la de transmitir, tanto
internamente como de cara a terceros y al público en general, la cultura de
cumplimiento que rige las relaciones de negocio de CAJA RURAL DE UTRERA, S.C.A.C.,
basada en el principio de “tolerancia cero” en cuanto a la comisión de delitos.

Dentro de las medidas adoptadas como consecuencia del establecimiento del Modelo
PRP, se procedió a relacionar las políticas y procedimientos necesarios para mitigar el
riesgo penal, se habilitó un canal de comunicación con el órgano responsable del
Modelo PRP para denunciar conductas que pudieran ser constitutivas de delitos y se
estableció un procedimiento disciplinario para sancionar adecuadamente el
incumplimiento de todas las medidas incluidas en el Modelo PRP.

Este Modelo PRP ha ido evolucionando a medida que se han ido produciendo cambios
normativos y, fundamentalmente, como consecuencia de las revisiones periódicas del
mismo. Éstas últimas aconsejaron llevar a cabo determinadas modificaciones para
adecuar el Modelo a las nuevas necesidades de nuestros clientes y a las actividades
desarrolladas por la Entidad.

Dando un paso más en esta tarea de alinear la actividad desarrollada por CAJA RURAL
DE UTRERA, S.C.A.C. con los requerimientos normativos, se ha considerado
conveniente transformar el Modelo PRP de la Entidad, en un Sistema de Gestión de
Cumplimiento Penal que no sólo contemple los requerimientos exigidos por la
legislación penal sino también por lo dispuesto en la Norma UNE 19601 relativa a
Sistemas de Gestión de Compliance Penal.

De conformidad con la Norma UNE 19601, el Consejo Rector de CAJA RURAL DE
UTRERA, S.C.A.C. ha aprobado una Política de Cumplimiento Penal cuyos principios
fundamentales son los siguientes:

  1. Actuar conforme a las leyes y normas vigentes, así como al Código de
    Conducta, a los principios de actuación y a las políticas y procedimientos
    internos desarrollados.
  2. Promover una cultura de cumplimiento y de “tolerancia cero” a la comisión de
    actos ilícitos o fraudulentos, así como la aplicación de los principios de ética y
    comportamiento responsable.
  3. Dotar al SGCP y al Órgano de Cumplimiento Penal de los recursos financieros,
    materiales y humanos adecuados y suficientes para su funcionamiento eficaz.
  4. Definir y revisar la consecución de los objetivos de cumplimiento penal.
  5. Identificar las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos,
    analizar los riesgos y controles asociados a los mismos y definir un plan de
    tratamiento de riesgos, que incluya controles eficaces, permanentes y
    actualizados.
  6. Establecer políticas y procedimientos internos dirigidos a evitar que las
    personas bajo el ámbito de aplicación de la Política puedan ostentar facultades
    de decisión no sometidas a control.
  7. Asegurar la autoridad e independencia del Órgano de Cumplimiento Penal de la
    Entidad.
  8. Proporcionar apoyo formativo continuo a las personas bajo el ámbito de
    aplicación de la Política.
  9. Transmitir la responsabilidad de las personas físicas o jurídicas bajo el ámbito
    de aplicación de la presente Política respecto a la vigilancia de conductas
    potencialmente ilícitas desde la perspectiva penal a la Alta Dirección de la
    Entidad, en relación a los empleados bajo su responsabilidad, sobre posibles
    comportamientos ilícitos penales y procesos de detección y reporte
    establecidos.
  10. Garantizar la confidencialidad y protección del denunciante, con el fin de
    favorecer las comunicaciones de hechos o conductas sospechosas relativas a
    riesgos penales, a través del Canal Ético establecido en la Entidad a tal efecto.
  11. Investigar a la mayor brevedad los hechos o conductas sospechosas
    comunicadas al Órgano de Cumplimiento Normativo, garantizando los
    derechos, en todo caso, tanto del denunciante como del/los denunciado/s.
  12. Aplicar el régimen disciplinario ante incumplimientos internos vinculados a
    posibles ilícitos penales en atención a la normativa interna y legal de aplicación,
    así como en relación a su SGCP y a su correspondiente Política.

Para cualquier comentario sobre la información suministrada en este documento o
para comunicar la posible comisión de conductas que pudieran resultar constitutivas
de un delito, contacte con nosotros en la siguiente dirección:

[email protected]

A estos efectos, ponemos a su disposición el Canal de Denuncias, al que pueden
acceder a través del siguiente enlace:

Canal de Denuncias